Las fintech rechazan limitar transferencias inmediatas

Posted on julio 27, 2021, 12:34 pm
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La  Cámara Argentina Fintech expresó su rechazo a la propuesta de las cámaras bancarias ABA y ADEBA de limitar las transferencias a cuentas virtuales. De acuerdo con la entidad, “se trata de una práctica anticompetitiva, no cumple el marco regulatorio actual y atenta contra la interoperabilidad del sistema y la inclusión financiera”.

“Aseguramos que es falso el argumento sostenido por las asociaciones bancarias que asevera que la interoperabilidad entre cuentas facilita el ciberdelito. Esta afirmación no está avalada por datos. Por el contrario, existen acuerdos de colaboración entre Proveedores de Servicio de Pagos (PSP) y bancos en pos de proteger a los usuarios que redujeron significativamente las tasas de fraude, con casos concretos en que el ciberdelito se disminuyó en un 90%”, remarcan desde la cámara.

Y añaden: “Ante nuestro reclamo para que se cumpla la normativa que promueve la interoperabilidad del sistema (Comunicación “A” 6510), son las propias cámaras bancarias quienes reconocen aplicar límites en los montos de transferencias a cuentas virtuales (CVU) sin respetar la normativa vigente, actuando de forma unilateral y arbitraria. Es insólito que ellas mismas manifiesten abiertamente al BCRA que están incumpliendo la norma y, al mismo tiempo, le soliciten cambiarla a su conveniencia sin diálogo con todos los actores del sector”.

Por otro lado, desde la Cámara Argentina de Fintech destacan la importancia de las transacciones vía cuentas virtuales: ya hay 14 millones de CVU y según el informe de pagos del BCRA, cerca del 36% del total de las transferencias en junio (26,5 millones sobre 73,7 millones de transacciones) fueron desde y/o hacia una CVU. Es decir que el dinero partió de o tuvo como destino una cuenta digital. Limitar esta operatoria es limitar a los usuarios.

Y cuestionan que tampoco se sustenta la afirmación de las cámaras bancarias sobre la falta de regulación de las fintech. Tal como indica la Comunicación “A” 6885, el BCRA regula, controla y supervisa a los Proveedores de Servicios de pago (PSP), los cuales además cumplen con normativa impositiva de la AFIP y fiscos provinciales, y con la normativa antilavado de la UIF.

Una de las principales diferencias de las empresas fintech en relación a los bancos es que éstas no realizan intermediación financiera: el capital que prestan a través de productos de riesgo es propio. “Esto de ningún modo significa que los usuarios no estén protegidos y es el motivo por el que los PSPs tienen el dinero de sus clientes en cuentas corrientes a la vista, tal como lo reguló el BCRA en febrero de 2020, con lo cual descartó cualquier posibilidad de duda”, continúan.

La solicitud de la cámara va en contra del proyecto de Transferencias 3.0 en el cual todos los actores del sistema deberán interoperar desde el 29 de noviembre en los pagos y cobros con código QR. Es que entienden que no será posible lograr la interoperabilidad para el sistema de pagos Transferencias 3.0 si al mismo tiempo se limitan arbitrariamente  las transferencias entre cuentas.

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