Defensa del Consumidor: respaldo a adolescentes en Mendoza

Posted on abril 13, 2021, 6:45 pm
3 mins

La provincia de Mendoza adhirió a la Resolución nacional 236/2021, dictada recientemente por la Secretaría de Comercio Interior. A través de la misma se establece que deberán atenderse las denuncias o reclamos que presenten por sí las y los adolescentes, entre 13 y 17 años, en virtud de sus relaciones de consumo.

Quedan alcanzados en los reclamos inconvenientes en las compras de productos como por ejemplo fallas de funcionamiento (garantía) o por servicios contratados y luego no prestados debidamente, por caso, la compra de una línea para un teléfono móvil y problemas posteriores por corte del servicio o tarifas no acordadas.

La titular de DDC, Mónica Lucero, manifestó que “los organismos públicos que velan por la protección de los derechos de consumidores y usuarios deben incorporar las herramientas legales, administrativas y tecnológicas necesarias para mejorar y ampliar la prestación de servicios relacionados con el asesoramiento y trámite de las denuncias”.

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Consumidores hipervulnerables

La Resolución 139 de 2020 definió como “consumidores hipervulnerables” a las personas que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad en razón de su edad, procedencia, situación socioeconómica, género u otra característica.

En tanto, la presente norma enriende que debe tenerse en cuenta que es cada vez más frecuente notar que los adolescentes se desenvuelven en el mercado realizando compras y llevando adelante diferentes contratos, muchos de los cuales se denominan de “menor cuantía”. Esto puede observarse con su presencia física en los comercios, pero también en el entorno digital, donde se manejan con más naturalidad pero donde también se acrecienta su vulnerabilidad.

Esa situación hace necesario introducir “mecanismos seguros y accesibles de denuncia y reparación, y garantizar servicios jurídicos gratuitos o subvencionados y otros tipos de asistencia apropiada para los niños, niñas o adolescentes”, establece la Resolución 236/2021.

A favor del consumidor

Por lo considerado, la DDC y las oficinas municipales de Defensa del Consumidor deberán instrumentar formas y modos que permitan atender las consultas y denuncias de adolescentes de manera simple, evitando formalismos o tecnicismos que traben el trámite administrativo habitual.

Además, según la Resolución 236, al concluir una audiencia de conciliación, “el acta deberá redactarse en lenguaje claro y con una redacción simple, de manera tal que haga efectiva la comprensión de lo que se lee”.

Asimismo, se prevé que “las niñas, niños y adolescentes podrán participar en las audiencias que se celebren por reclamos que involucren sus derechos y que sean presentados por sus representantes legales”.

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