Las empresas que comercialicen bienes y servicios por internet o teléfono en Argentina deben incluir un “botón de arrepentimiento” en sus páginas web y en sus aplicaciones. Este instrumento permite que los consumidores se puedan arrepentir de sus compras o contrataciones y tramitar la devolución de los productos o cancelar los servicios adquiridos.
Así lo estableció la Secretaría de Comercio Interior, a través de la resolución 424/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial.
La resolución dispone que el “botón de arrepentimiento” debe alojarse en la página de inicio del sitio de Internet institucional de los proveedores de productos y servicios, o en la sección principal de las aplicaciones. Se trata de un link de acceso fácil y directo, que deberá ocupar un lugar destacado y que no deje dudas respecto del trámite seleccionado.
De acuerdo con la normativa, los consumidores tienen un plazo de 10 días para manifestar su arrepentimiento desde la compra o recepción del bien.
En el caso que el comprador realice una compra en el punto de venta físico, puede devolver el producto y el comerciante debe reintegrar el dinero.
En tanto, si el consumidor adquiere el bien o servicio vía telefónica o Internet, también goza de este derecho mediante el botón de arrepentimiento, sin condicionamientos ni gastos a su cargo. Además, si ya lo recibió en el domicilio, el proveedor debe retirarlo del mismo modo.
Las empresas alcanzadas tienen un plazo de 60 días para adecuar sus sitios web a la norma e incluir el botón de arrepentimiento.